INDULTOS: DE LA SEPARACIÓN DE PODERES AL BATIBURRILLO

imagesNuestro sistema constitucional se asienta sobre lo que se denomina una “separación flexible de Poderes”. Es decir que, pese a partir del dogma clásico de la división entre Ejecutivo, Legislativo y Judicial, no se configura como si existiese una barrera que impidiera la interrelación entre los citados Poderes. Antes al contrario, lo característico del modelo español y de otros muchos europeos es que esa pretendida separación está atenuada, permitiendo numerosos nexos de unión, vínculos e incluso condicionantes entre unos órganos, en principio, independientes entre sí. Así, al Presidente del Gobierno (Ejecutivo) lo nombra el Congreso de los Diputados (Legislativo) y no el pueblo en elecciones -como muchos, erróneamente, piensan-, pudiendo cesarle la Cámara Parlamentaria mediante la moción de censura o la cuestión de confianza. A su vez, el Presidente del Gobierno puede disolver las Cortes y convocar elecciones.

No ocurre lo mismo en otros sistemas, sobre todo los americanos, donde han partido de una “separación rígida de poderes” que implica que las conexiones entre ellos sean mucho más tenues, tendiendo claramente a reforzar su independencia. De todas formas, y aunque la conveniencia de uno u otro modelo sea objeto de debate, lo más difícil de entender y asumir es esa devaluada separación de órganos cuando se analiza en relación con el Poder Judicial. Tal cuestión invita a reflexionar sobre la politización de la Justicia y sobre el pretendido intento de “legitimar” la composición de los órganos judiciales y de gobierno de los jueces por la misma vía de legitimación de los Ejecutivos y Legislativos en la actualidad, es decir, por un procedimiento de reparto de puestos a cargo de los partidos políticos.  

No obstante, en esta ocasión quiero referirme a otra figura de nuestro Estado de Derecho que chirría especialmente a día de hoy: el indulto. Formalmente, el Rey pero, materialmente, el Gobierno -a través del Ministro de Justicia- conceden por medio de él la remisión total o parcial de todas o de algunas de las penas impuestas por un Tribunal a una determinada persona. La adopción de esta medida viene regulada por una Ley de 1870 reformada posteriormente en 1988 que, pese a exigir para su tramitación una serie de informes y un vasto procedimiento, concluye con una decisión arbitraria (como sinónimo de graciosa). De ahí que también se le denomine “Derecho de Gracia” y, por lo tanto, no sometido a norma o razonamiento alguno.

Por fortuna ya son varios sectores del Tercer Poder los que han levantado la voz en contra de esta forma de intromisión gubernamental que minusvalora la esencia del Estado de Derecho. De un lado, el Tribunal Supremo, en una sentencia de hace poco más de un mes, anula por primera vez un indulto concedido por el Ejecutivo, argumentando que no se motivaron «razones de justicia, equidad o utilidad pública». Dice el Alto Tribunal que no puede en modo alguno situar el indulto enjuiciado en el terreno de la “lógica jurídica”, llegando a afirmar que debe excluirse la arbitrariedad. Casi en las mismas fechas, los Magistrados Decanos reunidos en Sevilla llegaron a la conclusión de que se estaba produciendo un abuso de la figura del indulto con el único fin de eludir la acción de la Justicia y se quejaron expresamente de dicha práctica en los casos de corrupción. En concreto, el Juez Decano de Palma de Mallorca declaró a título personal que cuestionaba “seriamente la procedencia de esa institución en pleno siglo XXI”, añadiendo que “su origen y su regulación legal es propia de unos tiempos ya superados que no tienen nada que ver con los esquemas actuales, ni sociológicos, ni democráticos, ni constitucionales”.

Confío en que esta corriente de denuncia y de oposición frente a una extralimitación tan evidente como rechazable sea el inicio de una nueva era en la que la separación de Poderes en España deje de ser una mezcla desordenada sobre la que el Gobierno de turno decida, controle y domine. De no ser así, el vigente modelo constitucional desaparecerá ante nuestros propios ojos sin apenas darnos cuenta.

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