Mitos y leyendas sobre la elección del Presidente del Gobierno

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A lo largo de estas jornadas previas al proceso de investidura del próximo Presidente del Gobierno de España, los ciudadanos estamos asistiendo a un cúmulo de situaciones pintorescas, propiciadas sobre todo por la existencia de un escenario inédito en nuestra reciente historia constitucional, a la que se añaden numerosas ideas preconcebidas y, además, equivocadas por parte de muchas personas. Por ello, resulta oportuno aclarar determinados planteamientos, tan extendidos como desacertados:

1.- El Presidente del Gobierno tiene que ser el líder de la lista más votada.

Esta afirmación es errónea. En nuestro modelo parlamentario, el Jefe del Ejecutivo será quien logre mayor número de apoyos en el Parlamento. A diferencia de otros sistemas -en los que dicho cargo se elige de forma directa por los ciudadanos y, por lo tanto, sí se vincula al hecho de ganar en una votación a otros contrincantes-, en España conseguirá el puesto el candidato que reciba el respaldo del Congreso y, en ausencia de una mayoría absoluta,  no tiene por qué coincidir con el del partido que ha obtenido más votos o  cuenta con más escaños. Cuestión bien distinta es criticar el vigente modelo y defender su modificación, apelando a la designación directa por parte del pueblo. Pero, para ello, es imprescindible cambiar previamente las reglas del juego.

2.- El Presidente del Gobierno tiene que ser diputado.

De nuevo, otra afirmación errónea. Un rasgo característico de la separación de poderes legislativo y ejecutivo estriba en que no se exige que el Presidente del Gobierno ni sus Ministros sean miembros electos del Congreso. Ha sido la tradición la que ha establecido tal práctica, pero en modo alguno se trata de un condicionante legal ni de un imperativo constitucional. Se reduce a una costumbre reiterada en el tiempo.

3.- El Rey debe proponer en primer lugar como candidato a la Presidencia del Gobierno al líder del partido que ha ganado las Elecciones Generales.

Más errores. El Jefe del Estado no está obligado a seguir un orden al proponer a un postulante a la Presidencia en función de los votos o escaños obtenidos por éste. Me remito al punto 1 para insistir en que el Rey debe apostar por quien pueda obtener un mayor respaldo de la Cámara Legislativa. De ahí que, previamente a su propuesta y con el fin de sondear tales apoyos, consulte a las personas designadas por los grupos políticos con representación parlamentaria. Si de antemano estuviese compelido a proponer al más votado, dichas reuniones precedentes no tendrían razón de ser.

4.- El Parlamento no puede ejercer sus competencias cuando el Gobierno está todavía “en funciones”.

Otra equivocación más. La situación transitoria del Gobierno saliente supone limitaciones para dicho órgano gubernamental, pero no para las Cámaras Legislativas. Así, se prohíbe expresamente al Presidente en funciones proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras o de las Cortes Generales, plantear la cuestión de confianza o proceder a la convocatoria de un referéndum consultivo. Y al Gobierno (en su conjunto) se le impide aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado y presentar Proyectos de Ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado. En general, se establece que sólo se ocupará del “despacho ordinario de los asuntos públicos” pero, en casos de urgencia o de interés general, podrá adoptar cualesquiera otras medidas. Se trata, pues, de recortes en las funciones del Ejecutivo, no del Legislativo, aunque, si la situación de transitoriedad se alarga demasiado, se convierte en anómala y no recomendable.

5.- Con un Parlamento muy fragmentado no se puede formar un Gobierno.

Incierto. Tal vez resulte más difícil pero, al mismo tiempo, puede suponer una gran oportunidad para revitalizar la función de control parlamentario que posee el Ejecutivo y que deviene inoperante cuando se dan mayorías absolutas o coaliciones férreas. Este planteamiento -que me permito tildar de falso- quizá tenga sentido en sistemas con una notable preeminencia del Gobierno sobre el Parlamento, lo que, al menos teóricamente, no es el caso español. No obstante, para que una circunstancia de este tipo no se vuelva insostenible, se requieren líderes formados y con objetivos que trasciendan a sus propias ambiciones personales y a los concretos intereses de sus formaciones políticas. En definitiva, se necesitan estadistas capaces de, sabiéndose no vencedores, no empecinarse en imponer un programa que, visto el escaso respaldo electoral obtenido, carece de aval suficiente para convertirse en la hoja de ruta de toda una sociedad. Dicho de otro modo, es la escasa talla de los dirigentes, y no una patología del modelo de organización, la que ocasiona que el escenario se torne inestable y pernicioso.

 

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