Monthly Archives: junio 2015

EL PAPEL LO AGUANTA TODO Y EL CIUDADANO, CASI TODO

img_1258-e1418143603139Hace algunas semanas, el Congreso de los Diputados -con el único voto favorable del Partido Popular, la abstención de los nacionalistas de CiU y PNV y el rechazo de los demás grupos de la oposición- aprobó la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, entre otras novedades, impone a los jueces unos determinados plazos para llevar a cabo la instrucción de los delitos. En concreto, el Proyecto de Ley remitido ahora al Senado prevé un periodo ordinario de 6 meses de instrucción para las causas sencillas y de 18 para las complejas (con posibilidad de prórroga hasta los 36).

Contar con una Justicia rápida, ágil y certera es un ideal que debe alcanzarse. Pero, por más que la seguridad jurídica y la confianza en el Estado de Derecho implican que los litigios no se eternicen, también es incuestionable que dicha meta no se alcanzará por plasmarla negro sobre blanco en el Boletín Oficial del Estado. Aunque es bien sabido que el papel lo aguanta todo, las leyes no llevan incorporada una varita mágica que obre el milagro de su cumplimiento automático al entrar en vigor. Si las medidas legislativas no van acompañadas de los medios adecuados y de la necesaria dotación presupuestaria, quedarán reducidas a un hermoso texto lleno de utopías, tan agradables a la vista como irrealizables en la práctica.

En los últimos años se ha dado abiertamente la espalda a una ampliación realista de la plantilla de la Administración de Justicia, que ha sido incapaz de gestionar, tanto por su cuantía como por su complejidad, la enorme cantidad de pleitos y litigios que han desembocado en los juzgados. Además, el Gobierno ha adoptado una serie de decisiones tendentes a eliminar jueces sustitutos sin, a su vez, sustituirlos de manera adecuada por otros titulares de carrera. Las peticiones de plazas y de infraestructuras por los decanos de los partidos judiciales y por las asociaciones profesionales de magistrados y fiscales son constantes. Asimismo, trascienden continuamente noticias sobre los colapsos que soportan tanto los usuarios del servicio público de la Justicia como los gremios de abogados, procuradores y funcionarios que desempeñan su labor allí.

VOLUNTAD POPULAR, VOLUNTAD PARTIDISTA

pleno1-680x365Nuestro sistema constitucional se asienta sobre las bases del modelo parlamentario, lo cual significa que el pueblo sólo elige a los órganos colegiados que le representan (los Parlamentos o los plenos de los Ayuntamientos), pero no a otros cargos públicos unipersonales, como son los Presidentes de los Gobiernos (sea el estatal o los autonómicos) y los alcaldes, que sólo son designados por los anteriores. Según esta teoría, los máximos mandatarios de los diversos ejecutivos y de las corporaciones municipales ocupan su puesto en la medida en que cuenten con el respaldo y el apoyo de los miembros de las Asambleas legislativas o de la mayoría de los concejales.

Esta manera de ejercer la política ha funcionado con relativa fortuna a lo largo de los siglos en muchos países. La forma de elección de cargos y el funcionamiento habitual de las instituciones tienen su lógica cuando las mayorías formadas para elegir a los dirigentes son construidas sobre una correlación clara entre la voluntad popular y voluntad partidista. En ocasiones, resulta muy sencillo interpretar los deseos del electorado. Por lo tanto, determinadas alianzas derivadas de las evidentes similitudes ideológicas y programáticas de los partidos deben aceptarse como normales en la marcha de un sistema parlamentario. Si la fuerza más votada no obtiene la mayoría absoluta, no tiene por qué gobernar, siempre y cuando otros grupos se unan para conformar una sólida mayoría superior a la suya. Así se ha ideado, así funciona y así debe aceptarse con normalidad. 

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